Las anomalías que el Tribunal observó ahí fueron asombrosas: Las razones para condenar Alexis Medina

Las juezas Clarivel Nivar, Clara Castillo y Jisell Soto, del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, condenaron a Juan Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente Danilo Medina.
Medina Sánchez estaba acusado de soborno, lavado de activos, asociación de malhechores, desfalco contra el Estado, entre otros delitos. Fue condenado a 7 años de prisión a cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.
“La justicia no se arrodilla frente a la política, hace uso de sus armas, que es la Constitución y la ley, y sobre las bases de estos instrumentos, valora los elementos de prueba y decide conforme a ellos”, indicó el Tribunal al inicio de sus motivaciones.
Argumentaron que en la mayoría de las acusaciones, las pruebas que presentó el Ministerio Público en contra de los 21 acusados se sustentaban en violación a la ley de Compras y Contrataciones, pero que no constituían faltas penales.
En el caso de Medina Sánchez se observaron, en algunos casos, el cumplimiento de los delitos que se le imputaban.
“Sin lugar a dudas, las anomalías que el Tribunal observó ahí son asombrosas, la forma en que se contrató, el desorden de la Policía”, explicaron las juezas al detallar el entramado que utilizó Alexis Medina para suplir de combustible a la Policía Nacional.
De acuerdo a las magistradas, las diferentes evidencias que presentó el Ministerio Público, en comparación con las presentadas por las partes, no permitió comprobar que en el caso del suministro de combustible a la Policía Nacional, Alexis Medina estafara al Estado con más de 32 millones de pesos como alegó el órgano acusador.
Argumentaron que en relación con EdeEste se pudo observar el soborno, aunque no se pudo determinar con pruebas suficientes la sobrevaluación de servicios.
“Sí, en la UERS también se dieron sobornos”, dijo el Tribunal en referencia a la Unidad de Electrificación Rural y Sub-Urbana.
En relación de los medicamentos de alto costo en el Ministerio de Salud Pública, las magistradas argumentaron que en ese sentido existía una “guerra de venta, una guerra de intereses” y tanto José Dolores Santana Carmona como Alexis Medina, presentaron documentos falsos para suplir de medicamentos.
De igual forma, en referencia a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe) y el Ministerio de Obras Públicas indicaron que aunque “no había dolientes conforme a lo que aquí se presentó”, las pruebas no comprometían ningún tipo penal.
“Las pruebas se inclinan a establecer que Alexis medina entregó lo que se demandó”, expresó el Tribunal en referencia al material asfáltico AC30 entregados a Obras Públicas y que ascendía al cobro de más 37 millones de pesos.
Además de Alexis Medina, en este caso fueron condenados José Dolores Santana Carmona, encontrado culpable de lavado de activos, enriquecimiento ilícito. El mismo fue condenado a 6 años de prisión en Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.
Además fueron condenados a cinco años tras ser encontrados culpables de soborno y lavado de activos, Wacal Bernabé Méndez Pineda, Paola Mercedes Molina Suazo, Carlos Martín Montes de oca, Rigoberto Alcántara Batista y Francisco Ramón Brea Morel
Estas penas serán cumplidas en Najayo Hombres y Mujeres.
En referencia a Víctor Matías Encarnación Montero, ex director técnico de la Oisoe, tras llegar a un acuerdo con el Ministerio Público, fue condenado a 5 años de pena suspendida.
Por este caso fueron absueltos, ante falta de pruebas que destruyan su presunción de inocencia, Fernando Rosa Rosa, exdirector del Fonper; Carmen Magaly Sánchez, Lorenzo Wilfredo (Freddy) Hidalgo Núñez; Carlos José Alarcón Beras- Absuelven; Libni Arodi Valenzuela Matos.
José Miguel Genao Torres, Fulvio Antonio Cabreja Gómez, José Idelfonso Correa Martínez, Antonio Florentino Mendez, Rafael Antonio Germosén Andújar, Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, y Pachristy Emmanuel Ramírez Pacheco.