Plan de reestructuración busca iniciar el pago a miles de personas en SFM

San Francisco De Macorís.- A partir del año 2015 República Dominicana empezó a contar con una legislación cuyo principal objetivo es garantizar “los derechos de los acreedores” frente a las dificultades económicas o ante una posible quiebra de sus deudores.

Se trata de la Ley 141-15 sobre Reestructuración Mercantil y Liquidación de Empresas y Personas Físicas, la cual establece los procedimientos y mecanismos necesarios para la protección efectiva de los derechos de los acreedores. Promulgada el 7 de agosto del año 2015, la pieza constituye un complemento para la regulación del área comercial de la República Dominicana.

El artículo 1, concerniente al objeto de la Ley es claro al establecer los mecanismos y procedimientos destinados a proteger a los acreedores ante la dificultad financiera de sus deudores, que puedan impedir el cumplimiento de las obligaciones asumidas, y lograr la continuidad operativa de las empresas y personas físicas comerciantes, mediante los procedimientos de reestructuración o liquidación judicial, conforme se definen en esta ley.

En tanto, el artículo 5 numeral 21 relativo al “Plan de Reestructuración”, especifica que; este es el acuerdo aprobado por el tribunal y aprobado por las mayorías establecidas en esta ley, que contiene el esquema de reestructuración y pagos que permita la corrección de la situación que generó el procedimiento y el descargo de las deudas en interés de las partes.

Aunque se trata de una ley extensa de 223 artículos, los previamente señalados pueden dar una idea de la importancia que reviste esta normativa para el adecuado desenvolvimiento de las actividades económicas, las cuales deben sustentarse en un marco jurídico sólido y confiable que brinde confianza a los protagonistas de un área fundamental para el desarrollo de cualquier nación como es el renglón productivo.

Es bajo esta premisa que luego de ser víctima de un fraude financiero millonario, la empresa dedicada al cultivo de cacao Munné S.R.L. decide cobijarse bajo la sombrilla de esta ley, teniendo como objetivo fundamental honrar los compromisos al 100% que mantiene con 2,200 acreedores.

Para concluir este proceso es necesario que 11 personas decidan acoger el “Plan de Reestructuración” presentado por la compañía, pues este es el número de acreedores registrados o reconocidos que completan el 60% de los votos que se requieren para la “toma de decisiones”, según se contempla en el artículo 18 de la Ley 141-15.

La meta de Munné S.R.L. con relación a este conflicto, es liquidar la deuda con cada una de las familias que han resultado afectadas por la situación financiera, pero para esto, resulta indispensable que las personas responsables tomen la decisión correcta y voten a favor del plan para que se inicie el pago.

Lo contrario parece un sinsentido, pues sería poner en riesgo los recursos de 2,200 dominicanos frente a los cuales Munné se encuentra en la mejor disposición de entregarle cada peso que le corresponda.

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